Cofradía de Nuestra Señora de la Soledad, Monóvar - Estatutos internos


   
  Cofradía de Nuestra Señora de la Soledad, Monóvar
  Estatutos internos
 

Estatutos de regimen interno

CAPITULO I DE LOS COFRADES


 

Sobre su Trono, con la candeleria encendida y su exorno floral avanza por el pasillo central para salir en procesiónObligaciones

 

1.- Todos los cofrades mayores de edad admitidos en la Cofradía, vienen obligados a pagar una cuota de ingreso de 50 euros que se hará efectiva en su integridad en el momento de su inscripción como cofrade, los menores de edad vendrán obligados a abonar una cuota de ingreso de 20 euros, que se hará efectiva en su totalidad, aparte de las cuotas anuales que se establezcan.

2.- Para mayor devoción y en atención al alto respeto que en especial nuestra Imagen requiere de todos los cofrades, se guardará absoluto silencio en la procesión, no podrá salirse de la fila o lugar que se le asigne, no podrá descubrirse el rostro así como otros aspectos que dañasen la imagen de nuestra Cofradía sin ponerlo en conocimiento de la Junta Directiva.

3.- Para asistir a los desfiles procesionales de Miércoles y Viernes Santo, será obligatoria la adquisición de un portacirios, que la Cofradía pondrá a la venta para todos los cofrades que porten capirote, excepto para aquellos que desempeñen otros cargos dentro de la procesión, siendo responsabilidad del propio cofrade la conservación del mismo.

4.- Será obligatorio llevar el cirio reglamentario que la Cofradía pondrá a disposición de todos los cofrades, guardándose la Cofradía de admitir en la procesión a todos aquellos que no lleven dicho cirio reglamentario.

5.- Seguir las consignas e indicaciones de los organizadores de las filas estando éstos capacitados para expulsar de la procesión a todos aquellos que incumpliesen las normas y dañasen por tanto la imagen de la Cofradía.

6.- Al darse en nuestra Cofradía la circunstancia de tener cofrades que procesionan con capirote y otros que lo hacen con traje de teja y mantilla, será la Junta Directiva quien decida el orden en el que saldrán en procesión para dar mayor esplendor.

 

Derechos

 

Los cofrades tienen derecho a que se les suministre cera, para asistir a la Procesión del Miércoles y Viernes Santo (siempre que estén al corriente de pagos) en los días destinados  a este fin.

 

Correcciones

 

Las correcciones a los cofrades serán:

1.- Apercibimiento, llamada al orden o expulsión de los actos en desarrollo, en caso de incumplir los puntos 1, 2, 3, 4 ,5 del apartado de las obligaciones del cofrade.

2.- Expulsión o pérdida de la condición de cofrade en caso de no satisfacer las cuotas, derramas o precios que se establezcan por la Junta Directiva o Asamblea General. Desobediencia grave o pública a los acuerdos de la Junta Directiva o Asamblea General.

CAPITULO II LA JUNTA DIRECTIVA 

a)        La Junta directiva es el órgano de Gobierno, Gestión, Administración y Dirección de la Cofradía y le compete el cumplimiento y la ejecución de las normas comprendidas en los presentes Estatutos, Reglamento de Régimen Interno y disposiciones legales vigentes, ya sean canónicas o civiles, así como los acuerdos de la Asamblea General.
b)       La junta Directiva , estará formada por el Hermano Mayor – Presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y un número de vocales no superior a seis.
c)        La elección del Hermano Mayor – Presidente, se realizará cada 5 años, por mayoría simple en votación libre, directa y secreta.
d)       Podrá presentar su candidatura, cualquier cofrade mayor de edad, con una antigüedad mínima de cinco años, y no esté inmerso en alguna de las causas de inhabilitación descrita en el Código de Derecho Canónico o por sentencia firme. Debido a la naturaleza apolítica de nuestra Cofradía, no podrá ocupar el puesto de Hermano Mayor – Presidente, toda persona que ostente algún cargo de dirección en cualquier partido o asociación política. (canon 317.4).
e)         La votación se desarrollará durante el transcurso de la Asamblea General Extraordinaria convocada al efecto. Para ello se constituirá una Mesa Electoral, formada por el directivo de mayor edad que hará las funciones de presidente de la Mesa, el directivo de menor edad hará las funciones de secretario de la Mesa y dos cofrades de entre los asistentes.
f)        Una vez realizado el escrutinio, el Presidente elegido enunciará los nombres del resto de su Junta Directiva y los cargos que desempeñarán en ella.
g)       Los cargos de Presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, habrán de recaer en personas distintas.
h)          En el caso de que no hubiese ningún candidato, se convocará nueva Asamblea General, en el más breve plazo de tiempo posible, procediendo a repetir la elección siguiendo el mismo procedimiento, aunque en esta ocasión se podrá presentar candidaturas hasta el mismo instante anterior al inicio de la Asamblea.
i)       Si solo se presentara una candidatura, igualmente se procederá a convocar Asamblea General Extraordinaria para realizar la votación del único candidato.
j)          El Hermano Mayor-Presidente que resulte elegido, tomará posesión de su cargo al siguiente día de su elección (aunque hasta la confirmación del Sr. Obispo, no será oficialmente Hermano Mayor). Si la elección se produce en los seis meses anteriores a la Semana Santa, la Junta Directiva saliente se encargará, salvo que ésta manifieste lo contrario, de la organización de los actos de la Semana Santa en curso, finalizando todas las actividades y proyectos según lo previsto.
l)    Los miembros de la Junta Directiva, causarán baja por decisión propia (presentando dimisión voluntaria, por escrito, razonando los motivos), por enfermedad que le incapacite sanción impuesta por una falta cometida en el ejercicio del cargo o causar baja como miembro de la asociación.  
Las vacantes que se produzcan en la Junta Directiva, se cubrirán en la primera Asamblea General que se celebre, no obstante para el ejercicio del cargo, la Junta Directiva podrá contar provisionalmente hasta la próxima Asamblea General, con un miembro de la Asociación para el cargo vacante.



CAPITULO III DISPOSICIONES GENERALES

Las características del hábito de la Cofradía de Nuestra Señora de  La Soledad de Monóvar son:

 

Túnica negra ceñida con fagín blanco anudado a la izquierda, capuchón alto de color negro cerrado con la insignia de la Cofradía bordada al frente en color blanco, cuelga del pecho mediante un cordel que alterna negro y blanco entrelazados en espiral, un medallón con el emblema de la cofradía. Capa negra con vueltas blancas, llevando en el lateral izquierdo la insignia de La Cofradía  bordada en blanco, guantes negros, calcetín y zapato negro.

  

CAPITULO IV LAS ANDAS

  

1.- Podrán ser portadores de las andas todos aquellos cofrades que lo soliciten siempre y cuando sus condiciones físicas y su altura lo permitan

2.-El orden en el que los cofrades han sido inscritos para portar las andas será el que determine quienes la portarán cada año

3.- Los puestos de costalero en ningún caso serán hereditarios.

4.- Si no se consiguen cubrir los costaleros necesarios a través  de las solicitudes la Cofradía tendrá la facultad de elegir entre los cofrades a los portadores o tomar las medidas que crean más oportunas.

 

Obligaciones

 

1.- Acudir a las reuniones y ensayos que la Cofradía determine, siendo la acumulación de tres faltas de forma  injustificada a dichos ensayos o la reiterada falta de puntualidad motivo de expulsión de la cuadrilla de portadores.

2.- Guardar absoluto silencio en la procesión y no dejar el sitio que se le consigne sin la autorización del capataz.

3.-Obedecer las consignas que los capataces, consideren para el mayor esplendor y mejor funcionamiento a la hora de desfilar.

4.- Comunicar a los capataces o a un miembro de la Junta Directiva la imposibilidad de participar en el desfile procesional, para que su puesto sea ocupado por otro cofrade.

 

Derechos

 

1.- Los portadores tienen derecho a que se les comunique de palabra o por escrito todas las convocatorias a reuniones, ensayos o actos que se organicen.

2.- A que se les respete el turno de inscripción, siempre que cumplan con sus obligaciones.

  

CAPITULO V LA BANDA DE TAMBORES

 

Disposiciones generales

 

1.- La Cofradía cuenta con una banda de tambores que tendrá un máximo de 36 componentes, numero que no podrá ser superado sin autorización expresa de la Junta Directiva

2.- Los cofrades que deseen formar parte de la banda de tambores deberán solicitarlo previamente, pasando a una lista de espera.

3.- Los responsables de la banda, decidirán el horario y duración del periodo de ensayos, siempre adecuándose a la disponibilidad de la mayoría. El periodo de ensayos se alargará de acuerdo a las circunstancias.

4.-Los responsables de la banda, decidirán si los candidatos, cumplen las aptitudes mínimas para ingresar en la banda.

5.- La reiterada falta de puntualidad a los ensayos, acumulación de tres faltas consecutivas o cinco alternas de forma no justificada, supondrá la perdida de la condición de “tambor“ de la banda.

6.-El material de la banda será para uso exclusivo en actos organizados por la Cofradía, quedando expresamente prohibido su uso en cualquier actividad privada.

7.- El representante de la banda de tambores, podrá asistir a las  sesiones de la Junta Directiva, con voz pero sin voto, a  no ser que concurra en él la condición de directivo de dicha Junta.

 

CAPITULO VI DISPOSICIONES FINALES

 

Todos los cargos, puestos y tareas que les sean asignados a los cofrades, serán desempeñados de forma totalmente altruista, siendo competencia y facultad de la Junta Directiva, establecer posibles gratificaciones a quienes desempeñen tareas que exijan una expresa dedicación.

 

En los casos no previstos en este Reglamento o en aquellos que tengan carácter de gravedad o importancia extraordinaria para la vida normal de la Cofradía, la Junta Directiva podrá resolver lo más conveniente, con sujeción a los Estatutos de la Cofradía, o bien reunir a la Asamblea General.

 

 
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